330 Economía
Acción humana
Teoría del mercado
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(von Mises, 1966)

13. Cuantía y composición de los saldos de tesorería

La totalidad del dinero y de los sustitutos monetarios existentes es poseída y retenida en caja por los individuos y empresas que actúan en el mercado. La cuota de ese total que cada uno de esos sujetos mantendrá a la vista depende de la utilidad marginal. Todos ellos desean tener una parte de su patrimonio materializada en dinero. Se desprenden de cualquier excedente dinerario incrementando las adquisiciones y remedian toda deficiencia de dinero ampliando las ventas. No debe equivocar al economista la vulgar y extendida terminología que confunde la demanda de dinero para su tenencia en caja con la demanda de mayores riquezas y bienes económicos.

Cuanto puede afirmarse respecto a las personas y las empresas puede aplicarse igualmente a cualquier suma de saldos de tesorería de varios individuos o empresas. El criterio con que agrupemos ese conjunto de personas y empresas y sumemos sus respectivas tesorerías carece de importancia. El metálico de una ciudad, provincia o nación es igual a la suma de los saldos de numerario de todos y cada uno de sus habitantes.

Imaginemos que en una economía de mercado sólo circula una determinada clase de dinero y que los sustitutos monetarios son desconocidos o empleados por todo el mundo indistintamente. Es decir, supongamos, por ejemplo, que en el mercado circulan el oro y los billetes redimibles emitidos por un banco de ámbito mundial y que esos billetes merecen a todos la consideración de sustitutos monetarios. Bajo tal planteamiento, las medidas perturbadoras del intercambio de mercancías y servicios no provocan efecto alguno en la esfera del dinero y en la cuantía de los saldos de tesorería mantenidos por cada sujeto. Tarifas, embargos y barreras migratorias perturban la tendencia a la igualación de los precios, los salarios y los tipos de interés. Pero para nada influyen en los saldos de numerario.

Si un gobierno deseara inducir a la gente a incrementar su tesorería, habría de ordenar a cada ciudadano ingresar y no detraer determinada suma en la correspondiente institución. La necesidad de procurarse dicha cantidad para depositar obligaría a todos a incrementar las ventas y a restringir las compras; los precios nacionales tenderían a bajar; crecerían las exportaciones mientras se reducirían las importaciones; se importaría cierta cantidad de dinero. Sin embargo, si en tal caso el gobierno se limitara a prohibir la importación de bienes y la exportación de dinero, fracasaría lamentablemente en su propósito. Porque si las importaciones se reducen, invariadas las restantes circunstancias, también lo hacen las exportaciones.

El dinero desempeña en el comercio internacional la misma función que en el comercio interno. Tanto en el comercio exterior como en el nacional el dinero es medio de intercambio. Tanto en uno como en otro ámbito, las compras y ventas provocan variaciones meramente transitorias en las tesorerías de las personas individuales y colectivas, salvo que tales sujetos deseen efectivamente incrementar o restringir su tenencia de metálico. Afluye a determinado país el dinero si sus habitantes quieren, con mayor ardor que los extranjeros, ampliar sus saldos de tesorería. Sale el dinero de la nación sólo cuando los indígenas pretenden reducir su tenencia de numerario con más vehemencia que los extranjeros. Cualquier transferencia dineraria de un país a otro que no sea compensada por otra operación de signo contrario jamás es fruto involuntario de las transacciones comerciales internacionales. Es invariablemente un efecto originado por mutaciones conscientemente practicadas en las tesorerías de los residentes. Por lo mismo que el trigo sólo se exporta cuando los habitantes del país desean deshacerse de un excedente de grano, el dinero es exportado únicamente cuando la gente quiere desprenderse de ciertas cantidades dinerarias que consideran excesivas.

Cuando en un país comienzan a emplearse sustitutos monetarios no utilizados en el extranjero, surge el excedente dinerario. La creación de los sustitutos monetarios en cuestión equivale a incrementar las existencias dinerarias en sentido amplio —dinero más medios fiduciarios— del país; surge por ello un excedente de dinero (empleamos siempre el término en sentido lato). Los interesados pretenden deshacerse de tal excedente, y para ello amplían sus compras, ya sean de bienes nacionales o extranjeros. En el primer caso, se contraen las exportaciones, mientras en el segundo se amplían las importaciones. Tanto en uno como en otro supuesto, el excedente sale del país. Como, de acuerdo con nuestros presupuestos, los sustitutos monetarios no pueden exportarse, siempre es dinero propiamente dicho el que sale. Ello da lugar a que dentro de las existencias dinerarias, consideradas siempre en sentido amplio (dinero más medios fiduciarios), se incrementa el porcentaje de los medios fiduciarios comparativamente al del dinero. El país dispone ahora de menos dinero en sentido estricto.

Imaginemos ahora que los sustitutos monetarios pierden su condición de tales. El banco emisor ya no los redime por dinero. Lo que antes eran sustitutos monetarios ahora ya sólo son créditos contra un deudor que incumple sus obligaciones, contra una entidad cuya capacidad y buena disposición para pagar sus deudas es dudosa. Nadie sabe si algún día esos documentos podrán efectivamente ser canjeados por dinero. Ello no obstante, tal vez la gente utilice los créditos como dinero crediticio (credit money). Cuando eran sustitutos monetarios, su valor efectivo era igual al de la suma dineraria que podía obtenerse por ellos a la vista. Al transformarse en dinero crediticio, circulan con un cierto porcentaje de descuento.

Así las cosas, es posible que el gobierno intervenga. Posiblemente las autoridades proclamen que el dinero crediticio tiene pleno valor liberatorio por su importe nominal1. Todo acreedor debe aceptar en pago tales billetes por su valor nominal. Nadie puede negarse a recibirlos. El decreto gubernamental pretende forzar a la gente a considerar cosas de diferente valor de cambio como si tuvieran el mismo. Interfiere la estructura de precios que el mercado libremente originaría. Las autoridades han tasado con precios mínimos el dinero crediticio y con precios máximos el dinero mercancía (oro) y las divisas. El resultado provocado no coincide con los deseos del gobierno. No desaparece la diferencia entre el valor del dinero crediticio y el del oro. Comoquiera que la ley prohíbe utilizar las monedas con arreglo a su verdadero precio de mercado, el público no las emplea ya al comprar y al vender ni al amortizar deudas. Son, en cambio, atesoradas o exportadas. El dinero-mercancía desaparece en el mercado interior. El dinero malo, dice la ley de Gresham, expulsa del país al dinero bueno. Más exacto sería decir que la moneda cuyo valor las autoridades pretenden depreciar desaparece del mercado y que sólo circula la que fue oficialmente sobre valorada.

La exportación del dinero-mercancía, como se ve, no es consecuencia de una desfavorable balanza de pagos, sino efecto provocado por la interferencia gubernamental en la estructura de los precios.

Footnotes

  1. Con frecuencia se otorgó a tales billetes de banco pleno poder liberatorio cuando todavía eran sustitutos monetarios de un valor de cambio idéntico al del dinero. El correspondiente decreto carecía a la sazón de relevancia cataláctica. Cobra ahora importancia precisamente por cuanto el mercado ya no considera sustitutos monetarios a dichos billetes.↩︎