16. El tipo de interés y la relación monetaria
El dinero desempeña en las operaciones crediticias la misma función que en cualquier otra transacción mercantil. Los créditos, por regla general, se conciertan en dinero, y tanto el interés como el principal de los mismos se cobra también en dinero. Los pagos realizados por tal motivo sólo temporalmente influyen en las tesorerías de las partes. Quien obtiene un crédito, lo mismo que quien cobra principal o intereses, pronto reinvierte las sumas percibidas en el consumo o en la producción. Estas personas incrementan su tesorería sólo cuando específicas consideraciones, ajenas a los ingresos monetarios, les inducen a actuar así.
El tipo final del interés de créditos del mismo carácter es siempre el mismo en el mercado. La diferencia de los tipos de interés depende de la distinta confianza que el deudor merezca y del diferente valor de las garantías que ofrezca o bien de la desigualdad de las condiciones del contrato1. Tiende a desvanecerse toda diferencia de interés que no venga impuesta por las diferencias señaladas. Quienes buscan crédito acuden a aquellos prestamistas que exigen menores tipos de interés. En cambio, éstos atienden preferentemente a los prestatarios que están dispuestos a pagar mayores intereses. En el mercado del dinero las cosas se desarrollan igual que en cualquier otro mercado.
En las transacciones crediticias interlocales influyen tanto los tipos de cambio interlocal como las diferencias que posiblemente existan entre las monedas manejadas. Contemplemos el caso de dos países a los que denominaremos A y B. A opera bajo el patrón oro; en B, por el contrario, rige el patrón plata. El prestamista que examina la posibilidad de conceder un crédito de A a B sabe que tiene que comenzar por vender oro a cambio de plata, y después, al vencimiento del crédito, plata por oro. Si en el ínterin el precio de la plata en relación con el oro ha bajado, con el principal devuelto por el deudor (en plata) sólo cabrá adquirir una cantidad de oro menor a la invertida por el acreedor al convenir la operación. Este último, por tanto, estará dispuesto a prestar dinero en B únicamente si la diferencia de intereses entre A y B es bastante como para compensar esa posible depreciación de la plata con respecto al oro. La tendencia a la igualación del interés de los préstamos a corto plazo que aparece cuando A y B operan bajo un mismo patrón monetario se ve gravemente perturbada en el caso de que dichos patrones sean dispares.
Cuando A y B emplean un mismo patrón, es imposible que los bancos de A amplíen el crédito si los de B no están dispuestos a adoptar idéntica política. La expansión crediticia provoca en A el alza de los precios y, transitoriamente, la baja del interés, mientras en B los precios y los intereses quedan invariados. Las exportaciones de A, por tanto, se contraen y se incrementan las importaciones. Es más: los prestamistas de A tienden a concertar sus créditos en el mercado a corto plazo de B. Ineludible consecuencia de todo ello es la salida de numerario de A, con lo cual se reducen las reservas monetarias de los banqueros de A. Si la banca en A no abandona su política expansionista, pronto se hallará en situación comprometida.
Este proceso ha sido erróneamente interpretado. Suele hablarse de la vital y trascendente función de defensa que debe desempeñar en bien del país el banco de emisión. Se dice que es sagrado deber del banco central defender la estabilidad de los cambios extranjeros y proteger las reservas auríferas de la nación contra los ataques urdidos por los especuladores extranjeros y sus cómplices nacionales. La verdad es que cuanto el banco central hace para impedir la disipación de sus reservas lo hace exclusivamente para asegurar su propia solvencia. La entidad ha puesto en peligro su posición financiera lanzándose a la expansión crediticia y, consecuentemente, debe desandar el camino recorrido para eludir el en otro caso insoslayable desastre. Su política expansionista ha tropezado con aquellos fenómenos que efectivamente tasan la creación de medios fiduciarios.
Tan desacertado es recurrir a términos belicistas en cuestiones monetarias como utilizar tales expresiones al abordar cualquier otro tema cataláctico. Entre los bancos centrales de los distintos países no existe «guerra» alguna. Ninguna fuerza siniestra «ataca» la posición bancaria nacional ni socava la estabilidad de los cambios extranjeros. El sistema monetario patrio no precisa de «defensor» que le otorgue «protección» alguna. No es por preservar el patrón oro, por garantizar la estabilidad del cambio extranjero y, en definitiva, por frustrar las funestas maquinaciones de una asociación internacional de usureros capitalistas por lo que no puede la banca oficial y privada reducir el tipo de interés en el mercado interior. El interés del mercado sólo temporalmente puede rebajarse mediante la expansión crediticia, provocándose además, entonces, todos aquellos otros efectos que la teoría del ciclo económico describe.
Cuando el Banco de Inglaterra redimía un billete de banco de acuerdo con lo convenido en su momento, no estaba prestando desinteresadamente un vital servicio al pueblo británico. No hacía más que lo que cualquier ama de casa hace cuando le paga al tendero la cuenta que le adeuda. Esa idea según la cual encerraba especial mérito la actuación de la banca central cuando se limitaba a cumplir compromisos libremente contraídos sólo pudo tomar cuerpo porque, una y otra vez, los gobiernos permitieron a esas privilegiadas instituciones no pagar a sus clientes sumas que éstos legalmente acreditaban. Los bancos de emisión se fueron así convirtiendo, cada vez en mayor grado, en meras dependencias del Tesoro, simples instrumentos que en manos de las autoridades provocaban expansión crediticia e inflación. En la práctica carece de importancia el que tales instituciones sean o no propiedad del gobierno y estén o no regentadas por funcionarios públicos. Los bancos que, en todas partes, otorgan actualmente crédito circulatorio no son más que meras agencias del Ministerio de Hacienda.
Sólo hay un medio para mantener la moneda nacional a la par con el oro y las divisas: canjearla incondicionalmente a cualquiera que lo desee. El banco emisor, por una parte, ha de adquirir a la par cuantas divisas y oro le sean ofrecidos, entregando a cambio los oportunos billetes o la correspondiente moneda bancaria nacional; por otro lado, la institución ha de vender, contra billetes o moneda bancaria nacional, a la paridad fijada y sin discriminación alguna, todas las divisas y todo el oro que le sea solicitado. Tal fue el proceder seguido por los bancos centrales bajo el patrón oro, así como por los gobiernos y los bancos de emisión bajo el sistema monetario generalmente denominado patrón de cambio oro (gold exchange standard). La diferencia entre el patrón oro clásico u «ortodoxo», que funcionó en Inglaterra desde la segunda década del siglo XIX hasta el comienzo de la Primera Guerra Mundial y en diferentes épocas en otros países, de un lado, y el patrón de cambio oro, de otro, consiste sólo en que, bajo aquél, circulan efectivamente piezas auríferas en el mercado interior. Bajo el patrón oro clásico, la tesorería de la gente está en parte constituida por monedas de oro y en parte por sustitutos monetarios. Bajo el patrón de cambio oro, por el contrario, la tesorería está integrada exclusivamente por sustitutos monetarios.
La fijación de un cierto tipo de cambio extranjero implica que se opere efectivamente a tal cambio.
Los institutos de divisas sólo son efectivos si en sus operaciones se atienen a estos principios.
Son obvias las razones por las cuales los gobiernos europeos han preferido, durante los últimos años, crear institutos de moneda extranjera, sustrayendo la materia a los bancos de emisión. Las disposiciones legales reguladoras de estos últimos fueron promulgadas por gobiernos liberales o, en todo caso, por políticos que no osaban abiertamente enfrentarse en materia financiera con una opinión pública liberal. Los bancos centrales operaban de conformidad con los principios de libertad económica. Son por ello instituciones que desentonan en este nuestro mundo de creciente totalitarismo. Los institutos de moneda extranjera operan de modo radicalmente distinto de como operaban los bancos centrales. En efecto:
1. Sus transacciones monetarias son secretas. Los bancos de emisión, por mandato legal, debían publicar sus balances a intervalos muy cortos, por lo general todas las semanas. En cambio, las cuentas de los institutos de moneda sólo las conocen los iniciados. El público únicamente es informado después de transcurrido mucho tiempo, cuando las cifras ya sólo interesan al historiador y carecen de todo valor para el hombre de negocios.
2. Este secreto permite discriminar a las personas que no son gratas al gobierno. En muchos países del continente europeo ello dio lugar a una escandalosa corrupción. Otros gobiernos utilizaron este poder para perjudicar a empresarios pertenecientes a minorías lingüísticas y religiosas o a partidarios de los grupos de oposición.
3. La paridad no se fija ya en virtud de una ley debidamente sancionada por el parlamento y que, por lo tanto, todo el mundo conoce. Lo que decide es la pura arbitrariedad burocrática. La prensa, de cuando en cuando, dice que se debilita la cotización de la moneda ruritana. Pero sería más exacto proclamar que las autoridades ruritanas han decidido elevar el coste de la divisa extranjera2.
No hay ningún instituto de moneda que pueda soslayar las consecuencias de la inflación. Para remediar tales efectos tienen tan sólo a su disposición los mismos instrumentos que manejaban los «ortodoxos» bancos centrales. Al igual que éstos, fracasan fatalmente en el mantenimiento de la paridad mientras en el país haya inflación y expansión crediticia.
Se ha dicho que el método «ortodoxo» de combatir la huida de capitales elevando el tipo de descuento ha dejado de tener virtualidad porque la gente no está ya dispuesta a someterse «a las reglas del juego». Pero el patrón oro no es ningún juego, sino una institución social. Su funcionamiento nada tiene que ver con que la gente acate o no unas ciertas reglas arbitrarias, sino que está sometido a inexorables leyes económicas.
Algunos críticos pretenden fundar sus objeciones citando el hecho de que, en el periodo entre las dos guerras, el alza del tipo de descuento no impidió la huida de capitales, es decir, la salida de metálico y la transferencia de saldos bancarios al extranjero. El fenómeno era lógica consecuencia de la política hostil hacia el oro y favorecedora, en cambio, de la inflación adoptada por los gobiernos. Cuando uno teme perder el cuarenta por ciento de sus saldos bancarios en virtud de una devaluación, intenta transferir éstos a otro país, sin variar de idea simplemente porque el interés bancario se eleve en un uno o un dos por cierto. Esa elevación del tipo de descuento, evidentemente, nunca puede compensar pérdidas diez, veinte y aun cuarenta veces superiores. Naturalmente, el patrón oro no funciona cuando las autoridades se empeñan en no dejarlo funcionar.